miércoles, 4 de junio de 2008

Casos deben ser denunciados ante el Indecu Multas hasta de 50 UT a quienes descuenten dinero de cesta tiket


Fuente: RNV
También constituye infracción el canje del ticket por dinero, o la obtención de dinero, financiamiento o crédito con la tarjeta electrónica de alimentación; el canje o compra de cualquier bien o servicio que no se destine a la alimentación
El artículo 7 de la Ley de Alimentación al Trabajador establece que quien incurra en el cobro al trabajador beneficiario, por parte del establecimiento habilitado de cualquier descuento sobre el valor real del cupón o ticket, o sobre el valor representado o pagado con la tarjeta electrónica de alimentación, será sancionado con multas que oscilarán entre 25 y 50 unidades tributarias (25 U.T. y 50 U.T.).
En caso de reincidencia, se procederá al cierre temporal del establecimiento infractor y se le cancelará, definitivamente, la habilitación, correspondiéndole al Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y el Usuario (Indecu) ejecutar la acción, de conformidad con la ley respectiva, informó Johana Carrizo, funcionaria del departamento de Promoción y Educación del Indecu.
Según el artículo 7 de la referida Ley, los cupones, tickets y tarjetas electrónicas, serán instrumentos de único propósito que se destinarán exclusivamente a la compra de comidas o alimentos.
Citó como ejemplo el cesta ticket Accor que en el dorso dice que el establecimiento está obligado a devolver hasta 20% del monto del cupón.
El vale tiene validez hasta un mes después del vencimiento.Resaltó que constituye infracción: El canje del cupón o ticket por dinero, o la obtención de dinero, financiamiento o crédito con la tarjeta electrónica de alimentación; el canje, pago o compra de cualquier bien o servicio que no se destine a la alimentación del trabajador; canje o compra de bebidas alcohólicas o cigarrillos.
También acarrea multas, el cobro o transferencia al trabajador beneficiario, por parte de las empresas de servicio especializadas en la administración y gestión de beneficios sociales, de cualquier descuento, comisión o carga fiscal por la emisión o el uso de los cupones, tickets o tarjetas electrónicas de alimentación.
Al dorso de cada cesta ticket aparece reflejada dicha prohibición. Carrizo hizo un llamado a la población para que denuncien ante el Indecu, cualquier irregularidad, ya que hay un equipo que procesa la denuncia y establece la sanción a aplicar a las casas comerciales infractoras.
Los cesta tickets o bonos de alimentación son medios de pago originalmente promovidos como un beneficio de alimentación para los trabajadores, sin que tenga efectos al momento de calcular los beneficios de Ley que les corresponden

No hay comentarios: